Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 1 del 24 de abril de 2020

Edición: Alcance 1
Número: 16
Páginas: 26

Contenido:


Secretaría del Trabajo y Previsión Social. -Acuerdo que modifica al diverso por el que se emiten las reglas de operación para el desarrollo de actividades productivas (prodap) 2020

MAESTRA MARÍA DE LOS ANGELES EGUILUZ TAPIA SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL EN EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, Y CON FUNDAMENTOS EN LOS ARTÍCULOS 13 y 37 DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO;  10 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL; Y

 

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que el 28 de febrero de la anualidad que transcurre, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación para el Desarrollo de Actividades Productivas (PRODAP) 2020 que tienen por objeto establecer el marco jurídico en el que deberá operar el Programa Desarrollo de Actividades Productivas.

 

SEGUNDO. Que con fecha 30 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo del Consejo de Salubridad General, declarando como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

 

TERCERO. Que con fecha 31 de marzo del presente año se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo de la Secretaría de Salud del Gobierno de México por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, que deberán cumplir cabalmente los sectores público, social y privado dentro del periodo del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV2 en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y la muerte por COVID-19 en la población residente en el territorio nacional.

 

CUARTO. Que con fecha 31 de marzo del presente año se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo de la Secretaría de Salud del Gobierno de México por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, que deberán cumplir cabalmente los sectores público, social y privado dentro del periodo del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV2 en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y la muerte por COVID-19 en la población residente en el territorio nacional.

 

QUINTO. Que en el mismo sentido el Gobernador Constitucional del Estado de Hidalgo, Licenciado Omar Fayad Meneses, tuvo a bien expedir el Acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo con fecha 03 de abril del año en curso, a través del cual se amplían las medidas sanitarias inmediatas para la prevención y control de la enfermedad infecciosa causada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en el Estado de Hidalgo, el cual, en el punto Tercero, fracción I establece la  suspensión inmediata, del 30 de marzo al 30 de abril 2020, de actividades no esenciales en los sectores público, privado y social, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV2 (COVID-19) en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y la muerte por COVID-19 en la población residente en el territorio del Estado de Hidalgo.

 

SEXTO. Que con fecha 21 de abril del presente año en su edición vespertina, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo del Secretario del Gobierno de México por el que se determinó  necesario mantener y extender la Jornada Nacional de Sana Distancia, así como asegurar la adecuada implementación y cumplimiento de las medidas de seguridad sanitaria, por lo que se ordenó la suspensión inmediata, del 30 de marzo al 30 de mayo de 2020, de las actividades no esenciales, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV2 en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y la muerte por COVID-19 en la población residente en el territorio nacional.

 

SÉPTIMO. Que las medidas antes descritas, implican importantes y dinámicos retos para el Gobierno del Estado de Hidalgo, a fin de enfrentar las consecuencias económicas negativas que las mismas conllevan en la entidad.

 

OCTAVO. Que ante la situación generada por esta emergencia sanitara se considera indispensable y fundamental que el Gobierno del Estado de Hidalgo, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Estado de Hidalgo y el Servicio Nacional de Empleo Hidalgo en uso de las facultades que le son inherentes, lleven a cabo las modificaciones pertinentes del Programa Desarrollo de Actividades Productivas por sus siglas (PRODAP), para reducir los desajustes del mercado laboral que se susciten ante esta crisis, y para impulsar aún más la ocupación en actividades económicas productivas que atiende este programa, facilitando mayormente su acceso a fin de hacer frente a  esta epidemia en beneficio de la economía de las y los hidalguenses, principalmente de sus familias.

 

Por lo antes expuesto y fundado, he tenido a bien a emitir el siguiente:

ACUERDO

QUE MODIFICA AL DIVERSO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES PRODUCTIVAS (PRODAP) 2020

 

ÚNICO.- SE MODIFICA en lo relativo a los numerales 4 denominado GLOSARIO DE TÉRMINOS fracción II denominada ACTIVIDAD PRODUCTIVA Y DE SERVICIOS; 4 denominado GLOSARIO DE TÉRMINOS fracción XI denominada REMISIÓN DE ENTREGA; 3.3 denominado PROCEDIMIENTO DE INICIO; 3.4 denominado PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN todos sus incisos; 3.5 denominado CARACTERÍSTICAS DE LOS APOYOS segundo párrafo; 3.6 denominado MONTOS AUTORIZADOS; 3.7 denominado TRANSFERENCIA DE LA PROPIEDAD DE BIENES A FAVOR DE LOS BENEFICIARIOS todos sus incisos; 3.8.3 denominado SANCIONES A LOS BENEFICIARIOS; 5.1 denominado DEL COMITÉ INTERNO DE EVALUACIÓN; 5.2 denominado DICHO COMITÉ TENDRÁ LAS SIGUIENTES FACULTADES inciso b); 9 denominado EXPEDIENTE TÉCNICO todos sus puntos y 11 denominado SOLICITUDES DE INFORMACIÓN. Y asimismo SE DEROGA en lo relativo a los numerales 4 denominado GLOSARIO DE TÉRMINOS fracción VI denominada CONSTANCIA DE VALIDACIÓN; 4 denominado GLOSARIO DE TÉRMINOS fracción XII denominada RENTABLE; el inciso c) del numeral 3.8.1 denominado DERECHOS DE LOS BENEFICIARIOS; los incisos d) y e) del numeral 3.8.2 denominado OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS, para quedar como sigue:

 

  1. GLOSARIO DE TÉRMINOS.

I.-…

  1. Actividad productiva y de Servicios.- Es una actividad lícita, viable y rentable que realiza una persona o grupo de personas con el propósito de generar sus propias fuentes de trabajo.
  2. Se deroga

  1. Remisión de Entrega.- acuse de recibo de maquinaria, herramienta, mobiliario y equipo signado por el beneficiario y representantes de la STPSH designados para operar el PRODAP.

XII. Se deroga

______________________

 

3.3 Procedimiento de Inicio

 

REQUISITOS PRODAP
Edad 18 años y más
Tener experiencia, habilidad y destreza en las actividades inherentes al proceso y/o desarrollo productivo propuesto, lo cual se corroborará en la entrevista que se realice a los beneficiarios. Obligatorio
Presentar solicitud por escrito dirigida a la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Obligatorio
Llenar el formato de “Registro del solicitante”. Original
Llenar el formato “Propuesta de Actividad Productiva y de Servicios” con acompañamiento del personal técnico designado por el Servicio Nacional de Empleo Hidalgo. Original
Firma del formato de “Carta Compromiso” (en caso de resultar viable). Original
Identificación oficial vigente del Estado de Hidalgo. Original y copia legible
Clave Única de Registro de Población (CURP). Original y copia legible
Comprobante de domicilio vigente (no mayor a 3 meses). Original y copia legible
Evitar apoyar actividades relacionadas con el expendio de bebidas alcohólicas, giros de entretenimiento, billares o aquellos que de alguna manera puedan ligarse a centros de vicio. Asimismo actividades en las que se fomente el trabajo infantil.

Ingreso de solicitudes a la  STPSH:

 

Se podrán Ingresar las solicitudes a la STPSH a través del correo electrónico actividades.productivas.stpsh@hidalgo.gob.mx y de forma presencial en las instalaciones, previa cita.

 

Requisitos

 

  • Solicitud (Escrito libre dirigido a la titular de la STPSH)
  • Formato de Registro que será proporcionado por el SNEH
  • CURP
  • Identificación oficial
  • comprobante de domicilio

 

3.4 Procedimiento de Selección:

 

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN ESPECÍFICO PARA EL PRODAP:
a)    Ingresar solicitud dirigida a la titular de la STPSH.

b)    Complementar el formato “Registro del solicitante”..

c)     Firmar el formato de “Propuesta de Actividad Productiva y de Servicios”, el cual deberá ser viable.

d)    Firmar “Carta Compromiso” por los solicitantes que resulten viables.

e)    Presentar la propuesta en el pleno del Comité Interno de Validación del SNEH y en caso de ser aprobada, emitir el “Dictamen de Aprobación”, dicha evaluación deberá considerar la revisión del cumplimiento de los requisitos y documentación, así como de los criterios de viabilidad del mismo.

 

 

3.5. Características de los apoyos

 

El Programa Desarrollo de Actividades Productivas (PRODAP), opera en función de la demanda, en este sentido, de existir más solicitudes que recursos económicos disponibles, se resolverán en el orden en que se presenten, siempre y cuando cumplan con los requisitos y documentación señalados.

 

Los beneficiarios del PRODAP, reciben en especie maquinaria, herramienta, mobiliario y equipo, con recursos públicos estatales por única vez.

 

3.6. Montos autorizados

 

Los beneficiarios reciben maquinaria, herramienta, mobiliario y equipo, por un monto de hasta $100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N.).

 

3.7 Transferencia de la propiedad de bienes a favor de los beneficiarios:

 

PROCEDIMIENTO:
a)    Firma del formato “Remisión de Entrega”

b)    Entregar “Acta de Transferencia de Bienes a Favor de los Beneficiarios”.

 

______________________

3.8.1 Derechos de los Beneficiarios

 

  1. Recibir información sobre los beneficios y características del PRODAP.
  2. Recibir la maquinaria, herramienta, mobiliario y equipo definidos en el esquema.
  3. Se deroga

 

3.8.2 Obligaciones de los Beneficiarios

 

  1. Usar los bienes otorgados de acuerdo a lo establecido en la “Propuesta de Actividad Productiva y de Servicios”.
  2. Permitir a las instancias de control y supervisión el acceso al local en donde se instalarán los bienes otorgados.
  3. Proporcionar la información que soliciten la STPSH, el SNEH y las instancias de control y supervisión, relacionada con el proyecto.
  4. Se deroga
  5. Se deroga

 

3.8.3 Sanciones a los Beneficiarios

 

CUANDO EL BENEFICIARIO: PRODAP
 

Proporcione datos o documentos falsos.

Cancelar el proceso.

 

______________________

 

5.1 Del Comité Interno de Validación

 

El Comité Interno de Validación estará conformado de la siguiente manera:

 

  1. El Titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social quién lo presidirá, y en su ausencia será suplido por el Titular del SNEH.
  2. El Titular del SNEH quien fungirá como Secretario Técnico y en su ausencia será suplido por el Titular de la Dirección de Capacitación y Fomento al Autoempleo ;
  • El Titular de la Dirección de Capacitación y Fomento al Autoempleo, Vocal;
  1. El Titular de la Subdirección de Supervisión, Contraloría Social y Asesoría Jurídica del SNEH, Vocal;
  2. El Titular de la Subdirección de Desarrollo Humano y Administración de Recursos del SNEH, Vocal; y
  3. El Titular de la Subdirección de Fomento al Autoempleo, Vocal.

 

Todos los integrantes tendrán derecho a voz y voto, la aprobación de los proyectos presentados, y los acuerdos serán validados cuando se cuente con la aprobación de la mitad más uno de los integrantes, en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.

 

5.2 Dicho Comité tendrá las siguientes facultades:

 

  1. ….

 

  1. Determinar la prioridad de atención a grupos de población vulnerable, así como la población afectada en sus ingresos por la pandemia generada por el virus SARS-CoV2 (Covid 19);

….

 

______________________

  1. EXPEDIENTE TÉCNICO (*)

 

Se encuentra integrado por los documentos siguientes:

 

  • Solicitud (Escrito libre dirigido a la titular de la STPSH)
  • Formato de Registro que será proporcionado por el SNEH
  • CURP
  • Identificación oficial
  • Comprobante de domicilio
  • Carta compromiso
  • Propuesta de Actividad Productiva
  • Acta de Comité Interno de Validación
  • Dictamen del Comité Interno de Validación
  • Remisión de entrega de los bienes
  • Acta de transferencia de bienes a favor del beneficiario

 

______________________

  1. SOLICITUDES DE INFORMACIÓN:

 

La ciudadanía podrá solicitar informes directamente en la Secretaria del Trabajo y Previsión Social en Boulevard Luis Donaldo Colosio Número 216 Planta baja, Fraccionamiento Arboledas de San Javier, Pachuca de Soto, Hidalgo, Código Postal 42084, Teléfonos: (771) 7105845, Asimismo a través del portal: www.s-trabajo.hidalgo.gob.mx

 

TRANSITORIO

 

Único. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo

 

DADO EN LAS INSTALACIONES QUE OCUPA LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DE HIDALGO, EN LA CIUDAD DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

 

LA SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DE HIDALGO

 

MTRA. MARÍA DE LOS ÁNGELES EGUILUZ TAPIA

RÚBRICA

 

 

 Periódico Oficial Alcance 1 del 24 de abril de 2020

Esto es un extracto, por lo que en el documento que está visualizando puede haber texto, caracteres, imágenes u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia el archivo PDF de la edición.

Idioma »